Permítanos ayudarle.
En Hyundai, todos trabajamos para brindar un servicio excepcional al cliente y lograr la satisfacción absoluta de los propietarios de vehículos. Aunque estamos orgullosos de nuestra marca y estamos comprometidos con mejorar la calidad de los vehículos, la tecnología y el servicio, sabemos que, en ocasiones, pueden surgir problemas. Cuando esto sucede, queremos ser los primeros en ayudar.
Si ha tenido un servicio insatisfactorio, inquietudes acerca de su garantía, necesita presentar una queja sobre su vehículo o ha recibido una carta de solicitación de un abogado especialista en la ley del limón, háganoslo saber. Aunque es posible que haya pensado en comunicarse con la Oficina de Buenas Prácticas Comerciales (Better Business Bureau, BBB), abogados especialistas en la ley del limón o el fiscal general de su estado, nuestro departamento de Atención al Cliente está aquí para atender todas las inquietudes que tenga: ningún problema es demasiado grande o pequeño.
Nuestra meta es brindarle una atención personalizada y la mejor solución posible en el menor tiempo. Ese es nuestro compromiso con usted.
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Información sobre la elección en virtud de las secciones 871.20-871.30 del Código de Procedimiento Civil de California (AB1755/SB26)
Conforme al artículo 871.29 del Código de Procedimiento Civil de California, Hyundai Motor America ha elegido regirse por el Capítulo 12 del Título 10 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil de California. Hyundai Motor America podrá cambiar su elección en el futuro. Consulte https://www.dca.ca.gov/acp/ para encontrar la información más reciente y saber si Hyundai Motor America cambió su elección.
California Code of Civil Procedure 871,24 Written Notice Requirement
A partir del 1 de julio de 2025,y al menos 30 días antes del inicio de una medida que busca sanciones civiles según la subdivisión (c) de la sección 1794 del Código Civil, el consumidor debe enviar una notificación por escrito a [email protected] o por correo certificado o registrado, con acuse de recibo solicitado al P.O. Box 8010, Fountain Valley, CA 92728. At the time the notice is sent, the consumer must have possession of the motor vehicle. The notice must contain all of the following:
(1) Notify the manufacturer of the consumer’s name, the accurate Vehicle Identification Number (“VIN”) of the motor vehicle, and a brief summary of the repair history and problems with the motor vehicle.
(2) Demand that the manufacturer repurchase or replace the motor vehicle.
Requisito de notificación por escrito 871.24 del Código de Procedimiento Civil de California
A partir del 1 de julio de 2025, al menos 30 días antes del inicio de una medida que busca sanciones civiles según la subdivisión (c) de la Sección 1794 del Código Civil, el consumidor debe deberá enviar una notificación por escrito a [email protected] o por correo certificado o registrado, con acuse de recibo solicitado al P.O. Box 8010, Fountain Valley, CA 92728. Al momento de enviar la notificación, el consumidor debe tener posesión del vehículo motorizado. La notificación debe contener todo lo siguiente:
(1) Notificar al fabricante el nombre del consumidor, el número de identificación del vehículo (VIN) exacto del vehículo motorizado y un breve resumen del historial de reparaciones y problemas del vehículo motorizado.
(2) Exigir que el fabricante vuelva a comprar o reemplace el vehículo motorizado.